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Violencia de género

Violencia de género
18 de mayo de 2024
Ley 26.485 de protección integral a las mujeres.

Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.

“Se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, que afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal…”Si vos o alguien que conocés está atravesando una situación de violencia, comunícate con los siguientes números:

Línea Nacional: 144 (las 24 hs los 365 días del año)

Si querés obtener mayor información, podés hacerlo ingresando aquí

Si está en peligro tu integridad física comunicate al 911.

A tener en cuenta:

Ahora la Opción de Cambio la gestionás directamente vos en la web de la Superintendencia de Servicios de Salud. Hacé click aquí para más información.
En la sección PRESTADORES-INTEGRACION se encuentra disponible el Instructivo detallando los requisitos para la presentación de documentación y anexos para el año 2024.
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Queremos informarles que, en cumplimiento con las disposiciones de la Superintendencia de Servicios de Salud, se hace imprescindible actualizar los datos de contacto (teléfonos y correos electrónicos) y el CBU de la cuenta del titular autorizado a brindar las prestaciones a afiliados con CUD (previa autorización de nuestra Auditoría Médica). Es importante destacar que no se aceptarán CBU de cuentas de terceros.
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Ahora podés abonar tu factura a través de las oficinas de RapiPago. Presentando el nro de empresa (8637) correspondiente a O.S.T.V.E.N.D.R.A. más el nro. de DNI del Titular.

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Maestro Ángel Delia 1210, UF 6, San Miguel

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Bartolomé Mitre 434 - PB - CABA.
Horario: Lun a Vie 10 a 16 hs
Atención telefónica: 0-800-222-72583
Horario: Lun a Vie 9 a 19 hs
http://www.sssalud.gob.ar


COSEGUROS

Según resol. 1926/2024, quedan sin efecto los aranceles vigentes en concepto de coseguros establecidos para las prestaciones médico-asistenciales contempladas en el Programa Médico Obligatorio (PMO) y sus normas complementarias, que no se encontraren exentas conforme el marco normativo vigente.